Gobierno
La República de Bolivia es un estado unitario, democrático de carácter presidencialista, con independencia entre
sus tres poderes (ejecutivo, legislativo y judicial). El país esta regido por la Constitución Política de
Bolivia aprobada en el año 1967 que entró en vigor ese mismo año y que ha sido revisada en 1994 y en
2004.
El Poder Ejecutivo esta encabezado por el Presidente de la República. En la actualidad, este cargo
es ejercido por Evo Morales, miembro de partido Movimiento al Socialismo. El ejecutivo ha sido tradicionalmente el
poder más fuerte en la política boliviana, tendiendo a dejar en segundo plano la participación del
Congreso, cuyo rol se limita a debatir y aprobar las iniciativas legislativas del presidente.
El presidente de Bolivia, electo cada cinco años, es Jefe de Estado y Gobierno y nombra al
gabinete de ministros.
El Poder Legislativo consiste de dos cámaras, y es presidido por el Vicepresidente de
Gobierno, que en la actualidad es Álvaro García Linera:
- La Cámara de Senadores tiene 27 miembros, tres representantes de cada
departamento, dos de ellos son del partido que recibe la mayoría de votos
y el tercero del partido que quedó en segundo lugar. Los senadores son
elegidos de listas partidarias para un período de cinco años. La edad mínima
para postularse a tales cargos es de 35 años.
- La Cámara de Diputados tiene 130 miembros: 68 diputados son elegidos por
votación directa para representar un distrito electoral y los otros 62 son
elegidos por representación proporcional desde las listas de cada
partido en distrito único, todo el país. Los diputados también tienen un
período de cinco años y deben tener como mínimo 25 años cumplidos al día de
la elección.
El Poder Judicial está constituido por tres organismos fundamentales conforme a la ley
Nº 1585 del 12 de agosto de 1994 de la Reforma a la Constitución Política del Estado. La Corte Suprema
de Justicia que es el más alto tribunal de justicia de la República en materia ordinaria, contenciosa
y contencioso-administrativa. Se compone de un presidente y once ministros distribuidos en cuatro salas:
dos salas civiles, un penal y una sala de social, de minería y administrativa. Los ministros duran en
sus funciones 10 años. La Corte tiene su sede en Sucre. Las Cortes Distritales en cada capital de
Departamento, tienen jueces de partido e instrucción en materias civil, comercial, penal, de sustancias
controladas, familiar, del menor de trabajo y seguridad social, de minería y administrativa.
- El Tribunal Constitucional, órgano independiente sometido sólo a la
Constitución, con sede en la ciudad de Sucre, está integrado por cinco
magistrados que conforman una sola sala. Duran en sus funciones un periodo
de 10 años improrrogables.
- Entre sus principales atribuciones está la de conocer en única instancia los
asuntos de puro derecho sobre la inconstitucionalidad de las leyes, conflictos de
competencia entre los poderes públicos, recursos directos de nulidad
y la revisión de los recursos de amparo constitucional y habeas corpus.
- El Consejo de la Judicatura es el órgano administrativo y disciplinario del
Poder Judicial. Tiene su sede en la ciudad de Sucre.
- En consejo es presidido por el presidente de la Corte Suprema de Justicia y está
integrado por cuatro miembros denominados Consejeros de la Judicatura. Duran en
sus cargos un período de 10 años improrrogables. Sus principales atribuciones son:
proponer al Consejo Nacional nóminas para la designación de los ministros de
la Corte Suprema, vocales de las cortes superiores, jueces notarios y registradores de
derechos reales; administrar el Escalafón Judicial y elaborar el presupuesto anual
del Poder Judicial.
- Luego de las revisiones en la Constitución y las leyes subsecuentes,
el gobierno ha iniciado una progresiva reforma en este Poder del Estado, con el
fin de lograr mejoras en ciertos aspectos de la política boliviana.
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